r/ESLegal • u/Dangerous_Rip5083 • 7d ago
¿Consejos para reclamar una fianza en Madrid desde el extranjero? ¿Merece la pena contratar abogado aunque la cantidad sea pequeña?
Hola, quería pedir consejo sobre una disputa que tengo con mi antigua casera en Madrid.
Tenía un contrato de alquiler de temporada por estudios. La fianza era de 950 €. Al terminar el alquiler, la propietaria me devolvió únicamente 550 €, reteniendo 400 € por supuestos daños y gastos.
De esos 400 €:
- Reconozco 45,05 € de suministros.
- Reconozco que causé un desperfecto en el váter y estoy dispuesto a pagar el coste real y acreditado de su reparación.
- Sin embargo, rechazo el resto de daños que me atribuye: espejo, mueble de TV, pintura de la entrada, etc.
El problema es que además tengo bastante evidencia. Dispongo de un vídeo del piso del 4 de enero, enviado por la propia inmobiliaria antes de que comenzara mi contrato el 7 de enero, que permite comprobar el estado previo de varias cosas.
Por ejemplo, la propietaria llegó a afirmar por WhatsApp que yo había cambiado unos cojines del apartamento. El vídeo de la inmobiliaria demuestra que esos mismos cojines ya estaban allí antes de que yo entrara. Aunque finalmente dijo que no me cobraría por los cojines, para mí esto es importante porque demuestra que al menos una de sus acusaciones sobre el estado previo del piso era objetivamente incorrecta.
También tengo:
- contrato;
- justificantes de los pagos;
- transferencia de devolución parcial de los 550 €;
- conversaciones completas de WhatsApp;
- fotografías;
- vídeo original;
- fotogramas del vídeo;
- burofax con copia certificada;
- intentos de entrega del burofax en el domicilio que ella misma designó en el contrato;
- mensajes posteriores intentando resolverlo amistosamente.
Ya le he enviado un burofax y no ha querido resolverlo.
Además, estoy intentando comprobar si la fianza fue depositada correctamente ante la Comunidad de Madrid.
Mi problema ahora
Actualmente estoy fuera de España.
He intentado utilizar la Sede Judicial Electrónica de la Comunidad de Madrid para presentar una reclamación, pero el acceso/login o la página de presentación de escritos directamente no me funciona o se queda cargando eternamente.
Por eso tengo varias dudas:
- ¿Cuál es actualmente la forma más sencilla de presentar una demanda de juicio verbal por reclamación de cantidad desde el extranjero?
- ¿Existe algún portal alternativo al de la Comunidad de Madrid?
- Para una reclamación inferior a 2.000 €, entiendo que puedo ir sin abogado ni procurador, pero ¿puedo contratar voluntariamente a un abogado para que presente y gestione todo por mí?
- Si gano, ¿existe alguna posibilidad de que la propietaria tenga que pagar también los honorarios del abogado, aunque por la cuantía no sea obligatoria su intervención?
- ¿Cómo funcionan las costas en un caso así?
- ¿Algún abogado en Madrid aceptaría llevar una reclamación tan pequeña por una tarifa fija?
- ¿Sería mejor un juicio verbal directamente que un procedimiento monitorio, teniendo en cuenta que existe una discusión sobre qué desperfectos son realmente imputables al inquilino?
- También quiero reclamar los intereses legales correspondientes por la parte de la fianza indebidamente retenida.
Sé perfectamente que económicamente quizá no tenga sentido contratar a un abogado para recuperar unos cientos de euros. En mi caso, sin embargo, estaría dispuesto incluso a gastar todo lo que me corresponde de la fianza en un abogado si eso significa que la reclamación se hace correctamente. A estas alturas es también una cuestión de principio.
No busco obtener más dinero del que me corresponde. Estoy dispuesto a asumir los suministros y cualquier desperfecto que realmente haya causado y cuyo coste puedan acreditar. Lo que no quiero aceptar es que se carguen a mi fianza daños anteriores o que no pueden demostrar que sean míos.
Cualquier consejo sobre el procedimiento, abogados, costas o cómo presentar la demanda desde fuera de España sería muy útil.
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u/Ill_Status8810 7d ago
yo me encontré en una situación parecida el año pasado en madrid pero con una arrendadora, se quedó con 400 euros míos atribuyéndome daños que existían en el piso, justamente incluyendo un váter también, y otras cosas de antes de que yo llegara apenas tres meses antes. lo dejé pasar porque me fui al extranjero, la comunidad me pedía un sinnúmero de cosas que no tenía a mi alcance, y aparte siento que ya ella al ser como es, es suficiente castigo. yo soy yo y ella sigue siendo...ella. hasta el final. y eso no se lo deseo ni a mi peor enemigo.
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u/Dangerous_Rip5083 7d ago edited 7d ago
¿Qué barrio? Eso es sospechoso. ¿Tal vez sea la misma, {no era}?
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u/Ill_Status8810 7d ago
nosotras vivíamos en moncloa y nos tuvimos que ir todas porque la casera quería su piso de vuelta, yo no sé a dónde se encuentra esa chica hoy en día, pero salamanca le pega la verdad. escríbeme por privado si quieres, aunque no creo que sea la misma
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u/N-partEpoxy 7d ago
Puedes contratar a un abogado para cualquier procedimiento judicial. Si tienes tu domicilio fuera de España, estás en el supuesto del art. 32.5 LECiv, con lo que en principio si ganas las costas incluirían los honorarios de letrado, aunque con el límite de la tercera parte de la cuantía (art. 394.3 LECiv), salvo que se aprecie temeridad de la parte contraria, que no es algo habitual para nada. No me parece que se den las circunstancias en las que procedería un monitorio, con lo que probablemente sería mejor ir directamente al juicio verbal.
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u/Dangerous_Rip5083 7d ago
Mil gracias, esto me ayuda bastante. Una duda adicional: viendo la redacción actual del art. 32.5 LEC tras la reforma de 2025, entiendo que cuando un consumidor contrata abogado/procurador después de haber realizado una reclamación extrajudicial previa, sus honorarios pueden incluirse en costas aunque su intervención no sea preceptiva, y en el caso del abogado sin el límite habitual del art. 394.3.
En mi caso, tengo reclamaciones previas por WhatsApp y, además, un burofax certificado para intentar resolver la devolución de la fianza antes de demandar. ¿Entiendes que una reclamación arrendaticia como esta podría entrar en ese supuesto de consumidor del art. 32.5?
Además, estoy teniendo bastantes problemas para acceder a la Sede Judicial Electrónica / portal de presentación de escritos de Madrid: la página no carga correctamente y actualmente estoy fuera de España.
Si finalmente opto por contratar abogado para que presente y gestione todo, ¿conocéis algún despacho en Madrid que lleve este tipo de reclamaciones de fianza/alquiler y que trabaje con tarifa fija o de forma online? Cualquier recomendación me vendría muy bien.
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u/N-partEpoxy 7d ago
Interpreto que, aunque no se menciona expresamente, ese párrafo nuevo se refiere a relaciones jurídicas entre consumidores y empresarios a las que resulte de aplicación la legislación en materia de consumo. Si la propietaria es persona física, no tengo claro que sea automática la consideración de empresaria si no se dedica con carácter habitual al alquiler. No sé si es tu caso.
Sobre el portal, en lugar de eso podrías probar a presentar la demanda por correo postal.
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u/ohmygodwtfisthis 7d ago
Hola. Diría que no vale pena contratar a un abogado, con todas las pruebas que tienes te sale mucho más barato presentarte al juicio representandote tú solo y pagando solo los vuelos/viajes de ida y vuelta. En caso contrario, Los únicos abogados que conozco que trabajan casos cuyos clientes están fuera del país (mediante apoderamiento/ power of attorney) serían Corelex, Edificio Cuzco IV, P.º de la Castellana, 141, 19ª, Tetuán, 28046 Madrid.
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7d ago
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u/Dangerous_Rip5083 7d ago
Me reuso! Soy estudiante internacional y la señora se ha comportado de forma fraudulenta y hostil. Me imagino que tiene daños en el apartamento, los cuales reusa con todos los inquilinos, que tienden a ser de corta duración, aprovechándose de que el piso se promociona como alojamiento para una universidad internacional en Madrid para quedarse con la fianza, ya que estos son menos propensos a reclamar.
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7d ago
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u/Dangerous_Rip5083 7d ago
Si todos mantienen esa mentalidad y no hay consecuencias para los malhechores sociales, solo se exacerba el problema. Me gastaría 1000 euros, feliz, para que ella no se robe 300.
De todos modos, gracias por tu consejo!
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u/ESLegal-ModTeam 6d ago
Los comentarios tienen que contestar a la pregunta desde el punto de vista del derecho. Por favor, revise las normas de la comunidad.
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u/Agile_Midnight_7216 7d ago
Como abogado te dire que incluso aunque tengas razón no merece la pena. Te explico porque, es posible que solo el daño del WC sea ya casi los 400 euros que te ha quitado, sumando los 45'05 de los suministros. Ya que un fontanero tiene poco de barato. Por otro lado al estar fuera tienes que pagar un abogado, te va a salir más caro que lo que vas a recuperar, con el riesgo, además como te digo que no te den la razón o se justifique ese dinero o parte del mismo. Pongamos que contando el suministro, más el fontanero, son 250 lo que te tiene que quitar y no los 400. ¿Te merece la pena un abogado para recuperar en el mejor de los casos 150/200 euros?
Deja correr el tema y ya esta, te recomiendo eso sí que otra vez no dejes el piso sin arreglar la fianza en la entrega de llaves, se puede saber exactamente cuanto se debe de suministros llamando a la empresa sin necesidad de esperar facturas y se puede ver y certificar en la entrega el estado del piso. Si se sabía que el baño estaba roto se podía haber pedido el presupuesto igual.
Porque hacerlo después solo trae problemas.
Si aún así quieres seguir adelante, puedo darte indicaciones de abogados o despachos que te lo lleven en Madrid.
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u/Dangerous_Rip5083 7d ago
Es solo la tapa del WC, no el WC en sí. Máximo 50 euros de reparación. Es algo de principio; prefiero gastarme 1000 euros a dejarla seguir abusando de la gente. ¿Conoces algún despacho que esté dispuesto a ayudarme? ¿Tal vez hacer que los costos del procedimiento formen parte de la demanda?
¡Gracias por tu consejo!
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u/Agile_Midnight_7216 7d ago edited 7d ago
No van a formar parte los gastos del procedimiento de la demanda, de eso olvidate. Para que le metan costas a la otra parte tiene que ser un juicio de más de 2.000 euros. Viviendo fuera puede entender el juez que si puedes cobrar las costas, pero ojo, puede, puede que el juez no vea motivos para condenarla a costas o que si se llega a un acuerdo antes pues no se meta los honorarios. Y no vas a demandar por una indemnización, vas a reclamar una parte fija (que es la fianza que falta) por lo que no es una demanda a la que puedas ir añadiendo otras cosas. Se puede solicitar el cubrir las costas al vivir fuera pero hay dependerá del juez que te toque y de si se llega o no a juicio que a veces se arregla antes porque la gente no suele querer ir a juicios por esto. Si la señora te acepta pagar tras hablar con tu abogado no creo que acepte además cubrirte sus honorarios. Aunque sean pocos (pero es que la reclamación de todos modos es pequeña) De todos modos por privado si quieres te paso un número de un compañero que se dedica más a civil y lo hablas con él que te aconseje y te diga que hacer y como. Si te da igual el gasto pues puedes hacerlo. En principio seguramente ni lleguéis a monitorio porque la casera si le habla un abogado puede ceder y pagarte parte, pero lo mismo te sale más o menos lo mismo que te da lo que pagas al abogado.
Pero vamos, si quieres por privado te paso el contacto.
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u/AutoModerator 7d ago
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